Art. 1

En vigor desde 13 jul 2012
Artículo 1 Queda prorrogado el período de aplicación del Reglamento (UE) no 161/2012 hasta el 25 de febrero de 2013.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2012:636:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil