Art. 1

En vigor desde 5 jul 2012
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 2042/2003 se modifica del modo siguiente: (1) En el artículo 2, se sustituye la letra k) por el texto siguiente: «k)   «aeronave ELA1»: una las aeronaves ligeras europeas tripuladas siguientes: i) un aeroplano con una masa máxima de despegue (MTOM) de 1 200 kg o menos que no esté clasificado como aeronave propulsada compleja, ii) un planeador o un planeador propulsado de 1 200 kg de MTOM o menos, iii) un globo aerostático que, por su diseño, tenga un volumen máximo de gas de elevación o aire caliente que no sobrepase los 3 400 m3 en el caso de los globos de aire caliente, los 1 050 m3 en el caso de los globos de gas, ni los 300 m3 en el caso de los globos de gas cautivos, iv) un dirigible que, por su diseño, no admita más de cuatro ocupantes ni un volumen de gas de elevación o aire caliente que sobrepase los 3 400 m3 en el caso de los dirigibles de aire caliente ni los 1 000 m3 en el caso de los dirigibles de gas.». (2) El anexo I (parte M) y el anexo II (parte 145) se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
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