Art. 2
Tipos de monedas en euros
En vigor desde 4 jul 2012
Artículo 2
Tipos de monedas en euros
1. Los Estados miembros podrán emitir dos tipos de monedas en euros: las monedas destinadas a la circulación y las monedas de colección.
2. La Comisión efectuará una evaluación de los efectos del mantenimiento de la emisión de monedas de 1 y 2 cents. Dicha evaluación incluirá un análisis de costes y beneficios en el que se tendrán en cuenta los costes reales de producción de dichas monedas en relación con su valor y sus beneficios.
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