Art. 1

En vigor desde 20 jun 2012
Artículo 1 En el anexo I del Reglamento (CE) no 73/2009, se incluye la entrada siguiente después de la entrada «Frutas y hortalizas»: «Frutas y hortalizas Artículo 129, apartado 1, del presente Reglamento Pago aparte por frutos de baya».
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