Art. 1

En vigor desde 22 may 2012
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 617/2009 queda modificado como sigue: 1) El artículo 1 queda modificado como sigue: a) el texto del apartado 1 se sustituye por el siguiente: «1.   Se abre un contingente arancelario anual de importación de la Unión de 21 500 toneladas, expresadas en peso del producto, con número de orden 09.4449, de carne de vacuno de calidad superior fresca, refrigerada o congelada correspondiente a los códigos NC 0201 , 0202 , 0206 10 95 y 0206 29 91 .»; b) se añade el apartado 1 bis siguiente: «1 bis.   A partir del 1 de agosto de 2012, el contingente arancelario anual de importación de la Unión al que se hace referencia en el apartado 1 aumentará hasta 48 200 toneladas, expresadas en peso del producto.». 2) El texto del artículo 2 se sustituye por el siguiente: «Artículo 2 1.   La Comisión gestionará el contingente arancelario de importación contemplado en el artículo 1 mediante actos de ejecución. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen previsto en el artículo 2 bis, apartado 2. 2.   La Comisión podrá suspender, total o parcialmente, la aplicación del contingente arancelario de importación al que se hace referencia en el artículo 1 mediante actos de ejecución en caso de que los Estados Unidos o Canadá no adopten las medidas previstas en el Memorándum de entendimiento entre los Estados Unidos y la Comisión Europea (*1) o en el Memorándum de entendimiento entre el Gobierno de Canadá y la Comisión Europea (*2), respectivamente. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen previsto en el artículo 2 bis, apartado 2. (*1)  Memorándum de entendimiento entre los Estados Unidos de América y la Comisión Europea con respecto a la importación de carne de vacuno procedente de animales no tratados con determinadas hormonas de crecimiento y el aumento de los aranceles aplicados por los Estados Unidos a determinados productos de las Comunidades Europeas, rubricado por el Consejo mediante carta de 12 de mayo de 2009 y firmado en Ginebra el 13 de mayo de 2009." (*2)  Memorándum de entendimiento entre el Gobierno de Canadá y la Comisión Europea con respecto a la importación de carne de vacuno procedente de animales no tratados con determinadas hormonas de crecimiento y el aumento de los aranceles aplicados por Canadá a determinados productos de la Unión Europea, firmado en Ginebra el 17 de marzo de 2011.»." 3) Se añade el artículo 2 bis siguiente: «Artículo 2 bis 1.   La Comisión estará asistida por el Comité de gestión de la organización común de mercados agrícolas creado en virtud del artículo 195, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1234/2007. Dicho Comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011 (*3). 2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) no 182/2011. (*3)  Reglamento (UE) no 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecución por la Comisión (DO L 55 de 28.2.2011, p. 13).»."
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