Art. 3
En vigor desde 19 abr 2012
Artículo 3
Las premezclas y los piensos compuestos etiquetados de conformidad con la Directiva 70/524/CEE antes de la entrada en vigor del presente Reglamento y que contengan diformato de potasio con arreglo a lo autorizado por el Reglamento (CE) no 492/2006 podrán seguir siendo comercializados y utilizados hasta que se agoten las existencias.
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