Art. 1
En vigor desde 7 mar 2012
Artículo 1
El derecho de importación aplicable al arroz descascarillado del código NC 1006 20 queda fijado en 30 EUR por tonelada.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2012:191:oj#art-1