Art. 1

En vigor desde 26 ene 2012
Artículo 1 1.   Las solicitudes de certificados de importación de arroz de los contingentes con los números de orden 09.4154 – 09.4112 – 09.4116 – 09.4117 – 09.4118 – 09.4119 – 09.4166 contemplados en el Reglamento de Ejecución (UE) no 1273/2011, presentadas durante los diez primeros días hábiles del mes de enero de 2012, darán lugar a la expedición de certificados para las cantidades solicitadas multiplicadas por los coeficientes de asignación que se fijan en el anexo del presente Reglamento. 2.   La cantidad total disponible en el marco de los contingentes con los números de orden 09.4127 – 09.4128 – 09.4148 – 09.4149 – 09.4150 – 09.4152 – 09.4153 – 09.4154 – 09.4112 – 09.4116 – 09.4117 – 09.4118 – 09.4119 – 09.4166, contemplados en el Reglamento de Ejecución (UE) no 1273/2011, para el subperíodo siguiente, se fija en el anexo del presente Reglamento.
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