Art. 32
Zonas de veda para la pesca desde cerqueros con jareta
En vigor desde 17 ene 2012
Artículo 32
Zonas de veda para la pesca desde cerqueros con jareta
Queda prohibida la pesca de patudo y de rabil desde cerqueros con jareta en las siguientes zonas de altura:
a)
las aguas internacionales delimitadas por los límites de las zonas económicas exclusivas (ZEE) de Indonesia, Palaos, Micronesia y Papúa Nueva Guinea;
b)
las aguas internacionales delimitadas por los límites de las zonas económicas exclusivas de Micronesia, Islas Marshall, Nauru, Kiribati, Tuvalu, Fiyi, Islas Salomón y Papúa Nueva Guinea.
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