Art. 8
Transferibilidad de los certificados
En vigor desde 30 nov 2011
Artículo 8
Transferibilidad de los certificados
Los derechos y las obligaciones derivados de los certificados serán intransferibles.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2011:1240:oj#art-8