Art. 3

En vigor desde 9 nov 2011
Artículo 3 1.   Los cuestionarios deben solicitarse a la Comisión en un plazo de 15 días a partir de la publicación del presente Reglamento en el Diario Oficial de la Unión Europea. 2.   Para que sus observaciones puedan ser tomadas en consideración durante la investigación, y a menos que se especifique otra cosa, las partes interesadas deben darse a conocer poniéndose en contacto con la Comisión, presentar sus puntos de vista por escrito y enviar sus respuestas al cuestionario o cualquier otra información en el plazo de 37 días a partir de la fecha de publicación del presente Reglamento en el Diario Oficial de la Unión Europea. 3.   Los productores de Malasia que deseen quedar exentos del registro de las importaciones o de las medidas deben presentar una solicitud debidamente justificada mediante pruebas en el mismo plazo de 37 días. 4.   Asimismo, las partes interesadas pueden solicitar ser oídas por la Comisión en ese mismo plazo de 37 días. 5.   Se ruega a las partes interesadas que envíen todas las observaciones en formato electrónico (las no confidenciales por correo electrónico y las confidenciales en CD-R/DVD) e indiquen su nombre, su dirección postal, su dirección de correo electrónico y sus números de teléfono y de fax. No obstante, cualquier poder notarial, certificados firmados o toda actualización de estos documentos que acompañen a las respuestas al cuestionario se presentarán en papel, es decir, por correo postal o en mano, a la dirección que figura a continuación. Con arreglo al artículo 18, apartado 2, del Reglamento de base, si una parte interesada no puede presentar las observaciones y las solicitudes en formato electrónico, deberá informar inmediatamente a la Comisión. Para obtener más información sobre la correspondencia con la Comisión, las partes interesadas pueden consultar la página pertinente en el sitio web de la Dirección General de Comercio: http://ec.europa.eu/trade/tackling-unfair-trade/trade-defence. Todas las observaciones por escrito que las partes interesadas aporten con carácter confidencial, incluidas la información que se solicita en el presente Reglamento, las respuestas al cuestionario y la correspondencia, deberán llevar la indicación «Limited» (Difusión restringida) (6) y, de conformidad con el artículo 19, apartado 2, del Reglamento de base, ir acompañadas de una versión no confidencial con la indicación «For inspection by interested parties» (Para inspección de las partes interesadas). Dirección postal: Comisión Europea Dirección General de Comercio Dirección H Despacho N105 4/92 1049 Bruxelles/Brussel BÉLGICA Fax +322 299 37 04 Correo electrónico: TRADE-AC-MESH@ec.europa.eu
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