Art. 1

En vigor desde 12 oct 2011
Artículo 1 1.   Para la campaña de comercialización 2011/12, los certificados de exportación de azúcar e isoglucosa al margen de cuotas por los que se han presentado solicitudes desde el 3 de octubre de 2011 hasta el 7 de octubre de 2011, se expedirán por las cantidades solicitadas, a las que se aplicará un porcentaje de aceptación del 0 %. 2.   Para la campaña de comercialización 2011/12, las solicitudes de certificado de exportación de azúcar e isoglucosa al margen de cuotas presentadas los días 10, 11, 12, 13 y 14 de octubre de 2011, serán desestimadas. 3.   Para la campaña de comercialización 2011/2012, durante el período comprendido entre el 17 de octubre de 2011 y el 31 de diciembre de 2011, se suspenderá la presentación de solicitudes de certificado de exportación de azúcar e isoglucosa al margen de cuotas.
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