Art. 1

En vigor desde 26 sept 2011
Artículo 1 El Reglamento (UE) no 1272/2009 queda modificado como sigue: 1. En el artículo 28, apartado 3, el párrafo tercero se sustituye por lo siguiente: «Los gastos de descarga de la mantequilla o la leche desnatada en polvo en el muelle del lugar de almacenamiento correrán a cargo del organismo pagador.». 2. En el artículo 42, apartado 1, la letra e) se sustituye por el texto siguiente: «e) indica el precio, en euros por unidad de medida, redondeado dos decimales como máximo y sin IVA: i) en el caso de los cereales y el arroz, por el producto cargado en el medio de transporte; ii) en el caso de la mantequilla y la leche desnatada en polvo, por el producto entregado en palés en el muelle de carga del lugar de almacenamiento o, en caso necesario, en palés cargados en los medios de transporte, cuando se trate de un camión o de un vagón de ferrocarril; o iii) en el caso de los demás productos, por el producto entregado en el muelle del lugar de almacenamiento;». 3. En el artículo 52, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1.   En el momento de la retirada del lugar de almacenamiento y en caso de entrega fuera del lugar de almacenamiento, el organismo de intervención entregará la mantequilla y la leche desnatada en polvo apiladas en palés, en el muelle del lugar de almacenamiento, y las cargará en el medio de transporte, cuando se trate de un camión o un vagón de ferrocarril. Los gastos que resulten de ello correrán a cargo del organismo pagador.». 4. En el artículo 52, apartado 3, la frase primera se sustituirá por el texto siguiente: «Cualquier gasto de estiba y de descarga de los palés correrán a cargo del comprador de la mantequilla o la leche desnatada en polvo.».
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