Art. 2
En vigor desde 9 jun 2011
Artículo 2
Los anexos A, B y C del Reglamento (CE) no 1346/2000, modificados de conformidad con el artículo 1 del presente Reglamento, se codifican y sustituyen por los textos que figuran en los anexos I, II y III del presente Reglamento.
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