Art. 2

Modificación del Reglamento (CE) no 1291/2008

En vigor desde 13 abr 2011
Artículo 2 Modificación del Reglamento (CE) no 1291/2008 El artículo 1 del Reglamento (CE) no 1291/2008 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 1 Quedan aprobados los programas de control presentados por Croacia a la Comisión el 11 de marzo de 2008 de conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2160/2003, por lo que se refiere a la salmonela en todas las manadas de Gallus gallus.»
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