Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 10 mar 2011
Artículo 1 Ámbito de aplicación El presente Reglamento se aplicará a las solicitudes a que hace referencia el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1331/2008, por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, las enzimas y los aromas alimentarios.
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