Art. 1

En vigor desde 23 feb 2011
Artículo 1 1.   El presente Reglamento prevé la concesión de una ayuda al almacenamiento privado de mantequilla salada y sin salar, tal como se contempla en el artículo 28, letra a), del Reglamento (CE) no 1234/2007, para los contratos celebrados desde el 1 de marzo de 2011. 2.   El Reglamento (CE) no 826/2008 se aplicará salvo disposición en contrario del presente Reglamento.
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