Art. 1

En vigor desde 22 feb 2011
Artículo 1 La cuota de pesca de caballa (Scomber scombrus) en las zonas VIIIc, IX y X y en las aguas de la UE del CPACO 34.1.1 asignada a España para 2011 por el Reglamento (UE) no 57/2011 se reducirá tal como se indica en el anexo.
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