Art. 2
Normas de aplicación
En vigor desde 30 jun 2010
Artículo 2
Normas de aplicación
1. Las medidas a que hace referencia el artículo 1 figuran en el anexo.
2. De conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 300/2008, los programas nacionales de seguridad para la aviación civil se remitirán pertinentemente a las disposiciones del presente Reglamento.
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