Art. 2

Normas de aplicación

En vigor desde 30 jun 2010
Artículo 2 Normas de aplicación 1.   Las medidas a que hace referencia el artículo 1 figuran en el anexo. 2.   De conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 300/2008, los programas nacionales de seguridad para la aviación civil se remitirán pertinentemente a las disposiciones del presente Reglamento.
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