Art. 1
En vigor desde 4 feb 2010
Artículo 1
Se aplicará un coeficiente de asignación de 77,509766 % a las solicitudes de certificados de importación presentadas del 1 al 2 de febrero de 2010, en virtud del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1918/2006.
La expedición de certificados de importación por las cantidades solicitadas a partir del 8 de febrero de 2010 quedará suspendida para febrero de 2010.
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