Art. 1

Objeto

En vigor desde 14 ene 2010
Artículo 1 Objeto 1.   El presente Reglamento establece las siguientes posibilidades de pesca y las condiciones relacionadas funcionalmente con la utilización de dichas posibilidades de pesca: — para el año 2010, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, y — para el año 2011, determinadas limitaciones del esfuerzo pesquero y, durante los periodos establecidos en el título II, capítulo III, sección 2, y en los anexos IE y V, las posibilidades de pesca para algunas poblaciones del Antártico. 2.   El presente Reglamento también establece posibilidades provisionales de pesca para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces que son objeto de los acuerdos bilaterales de pesca con Noruega y las Islas Feroe, a la espera de las consultas sobre los acuerdos para 2010.
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