Art. 1

Definiciones

En vigor desde 18 dic 2009
Artículo 1 Definiciones A efectos del presente Reglamento se entenderá por: a) «explotación agrícola», una unidad técnico-económica, tal como se define en el marco de las encuestas y censos agrícolas comunitarios; b) «tipología», la tipología comunitaria de las explotaciones agrícolas establecida por el Reglamento (CE) no 1242/2008.
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