Art. 1

En vigor desde 18 dic 2009
Artículo 1 Los anexos I, II, IV y VI del Reglamento (CE) no 517/94 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:1260:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil