Art. 1

En vigor desde 16 dic 2009
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 76/2002 queda modificado como sigue: 1) El ámbito de la vigilancia previa se amplía a los productos enumerados en el anexo I. 2) En el artículo 6 «31 de diciembre de 2009» se sustituye por «31 de diciembre de 2012». 3) La lista de las autoridades nacionales competentes queda sustituida por la lista del anexo II.
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