Art. 3
En vigor desde 30 nov 2009
Artículo 3
Las definiciones de las características que deberán utilizarse en las encuestas comunitarias sobre los métodos de producción agrícola son las que figuran en el anexo III.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2009:1200:oj#art-3