Art. 1
En vigor desde 20 nov 2009
Artículo 1
1. Se derogan los Reglamentos (CEE) no 599/91, (CE) no 933/95, (CE) no 3093/95, (CE) no 1926/96, (CE) no 410/97, (CE) no 1804/98, (CE) no 2658/98, (CE) no 1037/1999, (CE) no 2249/1999, (CE) no 678/2001 y (CE) no 1361/2002 y las Decisiones 85/211/CEE, 91/373/CEE, 93/722/CE, 93/724/CE, 93/726/CE, 96/620/CE, 1999/86/CE, 2002/63/CE, 2002/958/CE, 2003/18/CE, 2003/285/CE, 2003/286/CE, 2003/298/CE, 2003/299/CE, 2003/452/CE, 2003/463/CE y 2004/484/CE.
2. La derogación de los Reglamentos y Decisiones a que se refiere el apartado 1 será sin perjuicio del mantenimiento de la vigencia de actos comunitarios adoptados basándose en dichos Reglamentos y Decisiones.
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