Art. 1

En vigor desde 20 nov 2009
Artículo 1 En el anexo V del Reglamento (CE) no 318/2007, se suprime la siguiente entrada correspondiente a Austria: «AT AUSTRIA AT-3-HO-Q-1»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:1118:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil