Art. 1

En vigor desde 21 sept 2009
Artículo 1 En el artículo 2, letra d), del Reglamento (CE) no 810/2008, las palabras introductorias se sustituyen por el texto siguiente: « 10 000 toneladas de carne deshuesada de los códigos NC 0201 30 00 , 0202 30 90 , 0206 10 95 y 0206 29 91 que respondan a la siguiente definición:».
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