Art. 11

Costes

En vigor desde 13 jul 2009
Artículo 11 Costes Los costes relacionados con las actividades de la REGRT de Electricidad mencionadas en los artículos 4 a 12 correrán a cargo de los gestores de redes de transporte y se tendrán en cuenta en el cálculo de las tarifas. Las autoridades reguladoras solo aprobarán dichos costes cuando sean razonables y proporcionados.
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