Art. 3

Composición

En vigor desde 13 jul 2009
Artículo 3 Composición La Agencia constará de: a) un consejo de administración, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 13; b) un consejo de reguladores, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 15; c) un director, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 17; d) una Sala de Recurso, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 19.
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eli:reg:2009:713:oj#art-3

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