Art. 3
Composición
En vigor desde 13 jul 2009
Artículo 3
Composición
La Agencia constará de:
a)
un consejo de administración, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 13;
b)
un consejo de reguladores, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 15;
c)
un director, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 17;
d)
una Sala de Recurso, que ejercerá las competencias establecidas en el artículo 19.
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