Art. 1

En vigor desde 25 jun 2009
Artículo 1 El anexo V del Reglamento (CE) no 318/2007 queda modificado como sigue: 1) En la parte referente a Alemania, se suprime la entrada siguiente: «DE ALEMANIA NW-2». 2) Después de la parte referente a Portugal, se añade la entrada siguiente correspondiente a la República Eslovaca: «SK REPÚBLICA ESLOVACA SK-PO-101».
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eli:reg:2009:555:oj#art-1

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