Art. 5
Cálculo del importe de la subvención sujeta a medidas compensatorias
En vigor desde 11 jun 2009
Artículo 5
Cálculo del importe de la subvención sujeta a medidas compensatorias
El importe de las subvenciones sujetas a medidas compensatorias se calculará en función del beneficio obtenido por el beneficiario durante el período de subvención investigado. Normalmente este período deberá ser el más reciente ejercicio contable del beneficiario, pero podrá ser también cualquier otro período de, como mínimo, un semestre previo a la apertura de la investigación para el que se disponga de datos financieros o de cualquier otro tipo que sean fiables.
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