Art. 1
En vigor desde 22 ene 2009
Artículo 1
En relación con la licitación permanente abierta por el Reglamento (CE) no 619/2008 para el período de licitación que concluye el 20 de enero de 2009, el importe máximo de la restitución para los productos y destinos a que se refiere el artículo 1, letra c), y el artículo 2 de dicho Reglamento será de 20,00 EUR/100 kg.
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