Art. 1

En vigor desde 22 ene 2009
Artículo 1 En relación con la licitación permanente abierta por el Reglamento (CE) no 619/2008 para el período de licitación que concluye el 20 de enero de 2009, el importe máximo de la restitución para los productos a que se refiere el artículo 1, letras a) y b), y el artículo 2 de dicho Reglamento será el que figura en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2009:58:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil