Art. 1
En vigor desde 19 dic 2008
Artículo 1
El pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Maroilles» o «Marolles» queda modificado conforme a lo establecido en el anexo I del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2008:1305:oj#art-1