Art. 1
En vigor desde 18 nov 2008
Artículo 1
El anexo II del Reglamento (CE) no 998/2003 queda modificado como sigue:
1)
En la parte B, sección 2, se inserta la siguiente inscripción entre las inscripciones de Suiza e Islandia:
«HR Croacia».
2)
En la parte C, se suprime la siguiente inscripción:
«HR Croacia».
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Proeli:reg:2008:1144:oj#art-1