Art. 1

En vigor desde 18 sept 2008
Artículo 1 Las cantidades del contingente con número de orden 09.4170 por las que no se han presentado solicitudes de certificados de importación, en virtud del Reglamento (CE) no 812/2007, que se añadirán a las del subperíodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2009, ascienden a 1 431 000 kg.
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