Art. 46

Problemas de gestión específicos de la ganadería ecológica

En vigor desde 5 sept 2008
Artículo 46 Problemas de gestión específicos de la ganadería ecológica La fase final de engorde de los bovinos adultos para la producción de carne podrá efectuarse en el interior de los edificios, siempre que el período pasado en el interior no supere la quinta parte de su tiempo de vida y, en cualquier caso, sea de un máximo de tres meses.
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