Art. 1

En vigor desde 30 jul 2008
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 716/2007 queda modificado como sigue: 1) La sección 2 del anexo I se sustituirá por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento. 2) El cuadro de los niveles 1 y 2 del desglose por actividad mencionado en el anexo III se sustituirá por el cuadro que figura en el anexo II del presente Reglamento. 3) El cuadro del nivel 3 del desglose por actividad mencionado en el anexo III se sustituirá por el cuadro que figura en el anexo III del presente Reglamento.
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