Art. 1

En vigor desde 4 jul 2008
Artículo 1 El apéndice del anexo XIII del Reglamento (CE) no 40/2008 se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2008:641:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil