Art. 35

Evaluación de algunas prácticas en materia de etiquetado voluntario

En vigor desde 23 jun 2008
Artículo 35 Evaluación de algunas prácticas en materia de etiquetado voluntario No más tarde del 31 de diciembre de 2009, la Comisión evaluará el uso que se haya hecho del etiquetado voluntario contemplado en el artículo 12, apartado 2, último párrafo, con vistas a otorgarle carácter obligatorio en caso necesario.
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