Art. 3
Codificación
En vigor desde 25 abr 2008
Artículo 3
Codificación
Los códigos de las variables que deben utilizarse para la transmisión de datos a partir de 2009 serán los que figuran en el anexo III.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2008:377:oj#art-3