Art. 3

Codificación

En vigor desde 25 abr 2008
Artículo 3 Codificación Los códigos de las variables que deben utilizarse para la transmisión de datos a partir de 2009 serán los que figuran en el anexo III.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2008:377:oj#art-3

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil