Art. 1
En vigor desde 10 abr 2008
Artículo 1
Con respecto a la licitación parcial que concluye el 9 de abril de 2008, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1060/2007, será de 406,16 EUR/t.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2008:328:oj#art-1