Art. 1
En vigor desde 14 mar 2008
Artículo 1
Se aceptan las solicitudes de certificados de importación presentadas los días 10 y 11 de marzo de 2008 de conformidad con el artículo 3 apartado 1, del Reglamento (CE) no 1918/2006 hasta un 77,057570 % de la cantidad solicitada. Se ha alcanzado el límite de 4 000 toneladas previsto para el mes de marzo.
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