Art. 16
Informe anual
En vigor desde 11 mar 2008
Artículo 16
Informe anual
La Comisión presentará anualmente al Parlamento Europeo, al Consejo y a los Estados miembros un informe relativo a la aplicación del presente Reglamento y sus repercusiones en la mejora de la seguridad aérea.
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