Art. 1

En vigor desde 15 feb 2008
Artículo 1 Con respecto a la licitación parcial que concluye el 14 de febrero de 2008, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 900/2007, será de 33,025 EUR/100 kg.
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