Art. 1

En vigor desde 10 ene 2008
Artículo 1 Con respecto a la licitación parcial que concluye el 10 de enero de 2008, el importe máximo de la restitución por exportación de los productos mencionados en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 900/2007, será de 35,033 EUR/100 kg.
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