Art. 1

Creación de una empresa común

En vigor desde 20 dic 2007
Artículo 1 Creación de una empresa común 1.   A efectos de la ejecución de la iniciativa tecnológica conjunta Clean Sky, se crea una empresa común en el sentido del artículo 171 del Tratado (denominada en lo sucesivo «la Empresa Común Clean Sky») para el período que termina el 31 de diciembre de 2017. 2.   Su sede estará en Bruselas, Bélgica.
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