Art. 47.tit_1

Obligaciones de los capitanes de los buques durante la inspección

En vigor desde 22 oct 2007
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2007:1386:oj#art-47.tit_1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil