Art. 1

En vigor desde 16 oct 2007
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 753/2002 se modifica como sigue: 1) El artículo 31, apartado 3, queda modificado como sigue: a) en la letra b) del párrafo segundo, se sustituye la fecha de «31 de agosto de 2007» por la de «31 de agosto de 2008»; b) en el párrafo tercero, se sustituye la fecha de «31 de agosto de 2007» por la de «31 de agosto de 2008». 2) El anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2007:1207:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil